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Moratoria para pago de boletas sin desacato está vigente

La ATTT recuerda a todos los usuarios que se mantiene vigente el periodo de moratoria para el pago de las infracciones menores y multas de tránsito, sin el recargo del desacato.

La moratoria de dos meses (60 días) dictada por el Gobierno de la República incluye todas las boletas que tengan pendientes los conductores, a fin de que puedan cancelarlas, sin incurrir en el pago de la sanción por desacato, incluso los que se encuentren en arreglo de pago podrán acogerse a la misma, siempre y cuando se mantengan al día con la letra asignada en su arreglo de pago.

Esta prórroga solamente será aplicada a aquellas infracciones y multas que se encuentren en desacato hasta el 27 de febrero de 2015.  Es importante resaltar  que las infracciones y multas que incurran en desacato posterior a la publicación de esta moratoria, no gozaran de este beneficio.

El Decreto Ejecutivo N° 37 del 24 de febrero de 2015 publicado en Gaceta Oficial, otorga el beneficio de la moratoria hasta el término de 60 meses (marzo y abril), a fin de que todo conductor cancele sin incurrir en el pago de la sanción por desacato las sumas que adeude en concepto de multas impuestas por violaciones al Decreto Ejecutivo N° 640 de 27 de diciembre de 2006, ya sean impuestas por la ATTT o por los Juzgados de Transito.