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Declaran moratoria para pago de boletas sin desacato

    Panamá, 09 de agosto de 2010 La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) informa que, mediante el Decreto Ejecutivo 756 del 4 de agosto de 2010 (publicado en la Gaceta Oficial 26593), se declara una moratoria para el pago de desacato en las infracciones cometidas por los conductores, la cual se extenderá por un periodo de noventa (90) días. Los conductores tienen hasta principios de noviembre para pagar sus infracciones sin recargo. El Decreto Ejecutivo 756 establece que durante la moratoria, todo conductor puede cancelar sin incurrir en el pago de la sanción por desacato, las sumas que adeuden en concepto de multas interpuestas por la ATTT o por los Juzgados de Tránsito hasta el 30 de junio de 2010, por violaciones a lo dispuesto en el artículo 160 del Decreto Ejecutivo 160 del 7 de junio de 1995, modificado por el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 223 del 1 de diciembre de 1998 y por el Decreto Ejecutivo 640 del 27 de diciembre de 2006. Por otro lado, se establece que aquellos usuarios que soliciten formalizar Arreglos de Pago ante el Juez Ejecutor de la ATTT, deberán abonar el cuarenta (40%) por ciento del total adeudado y sólo aplicarán para las morosidades a partir de TRESCIENTOS BALBOAS (B/.300.00). Para este abono, no se tomarán en cuenta el monto producto de los desacatos. Es decir, que a partir del primer abono recibido en los 90 días de moratoria, el usuario tendrá 90 días adicionales, para cancelar la deuda. Excepciones: Se exceptúan del acuerdo de Arreglo de Pago las siguientes infracciones: Conducir con aliento alcohólico, infracción 45 del Reglamento de Tránsito. Conducir en estado de embriaguez comprobada o bajo los efectos de estupefacientes, infracción 46 del Reglamento de Tránsito. Hacer competencia de velocidad en la vía pública (regata), infracción 68 del Reglamento de Tránsito. Colisión y fuga, atropello o daños a la propiedad, infracción 69 del Reglamento de Tránsito. Los usuarios interesados en pagar sus infracciones por medio de Arreglo de Pago durante la moratoria, pueden acercarse a las oficinas de la sede central de la ATTT en el Centro Comercial Los Pueblos (Juzgado Ejecutor) y las oficinas provinciales y regionales de la ATTT en todo el país.