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ATTT Adopta Guía de Medidas para la Prevención del COVID-19 en el Transporte Público

 

La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, previa coordinación con el Ministerio de Salud, Ministerio de Seguridad y la Dirección Nacional de Operaciones del Tránsito de la Policía Nacional, comunica a los Señores Transportistas, Propietarios de certificados de Operación, conductores y usuarios del servicio de transporte público en sus modalidades de selectivo y colectivo en el ámbito Nacional, las disposiciones sobre ocupación y medidas sanitarias de prevención que deben ser adoptadas para la operación del transporte público de pasajeros a partir del día lunes 7 de septiembre de 2020; en virtud del retorno gradual a la normalidad de las actividades económicas de nuestro país; dando respuesta a la situación de salud generada por la pandemia del COVID-19.

Para esto se deberán cumplir los siguientes lineamientos:

MANTENER LA OCUPACIÓN DE LAS UNIDADES SEGÚN EL NÚMERO DE PASAJEROS PERMITIDOS POR TIPO DE VEHÍCULO:

TIPO DE TRANSPORTE/VEHÍCULO

CAPACIDAD

CANTIDAD MÁXIMA

DE PASAJEROS PERMITIDA

Autobuses tipo escolar de 55 puestos (diablo rojo)

33 sentados,       6 de pie        (39)                    

Autobuses tipo escolar de 60 puestos (diablo rojo)

36 sentados,       6 de pie        (42)

Autobuses tipo escolar de 45 puestos (diablo rojo)

27 sentados,       5 de pie         (32)

Autobuses de 45 pasajeros (Tipo Nevera)

23 sentados,       7 de pie         (30)      

Autobuses de 30 pasajeros (Tipo Coaster)

16 sentados,       5 de pie         (21)       

Autobuses de 15 pasajeros (Tipo Hiace)

9 sentados,         2 de pie         (11)                                                 

 Metro bus de 80 pasajeros Gran Viale

17 sentados,       29 de pie        (46)    

Metro bus de 82 pasajeros Torino

23 sentados,       23 de pie        (46)    

Taxis (servicio selectivo exclusivamente)

1 pasajero o una burbuja familiar* por trayecto. O

2 pasajeros: persona con discapacidad o adulto mayor con cuidador

*Burbuja Familiar la constituye los miembros de una misma familia

OBSERVACIONES:

Queda establecido que el conductor y el secretario del colectivo no se consideran o cuentan como pasajeros del autobús en cuanto a la ocupación antes descrita.
Los transportistas deben cumplir con la cantidad permitida y el cumplimiento de las medidas sanitarias hasta tanto se evalúe el comportamiento de la pandemia según se vayan reactivando las actividades económicas.

RESPONSABILIDADES EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS SANITARIAS PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19.  

Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre: en conjunto con la Dirección Nacional de Operaciones del tránsito de la Policía Nacional se encargarán de supervisar y evaluar el fiel cumplimiento de las normas legales que rigen la operación del sector, así como del cumplimiento de las medidas sanitarias para la prevención del COVID-19 en medios de transporte colectivo y selectivo, terminales y zonas pagas establecidas por el MINSA a nivel nacional.

Dueños de certificados de operación y sus unidades: garantizar la implementación de las medidas sanitarias en las unidades de transporte, mediante la señalización de las áreas a ser ocupadas por los usuarios, limpieza y desinfección de superficies de las unidades frecuentemente y el suministro constante de insumos de protección como mascarillas y gel alcoholado para los conductores de las unidades.
Conductores: Cumplir con las medidas sanitarias establecidas: usar mascarilla correctamente y realizar higiene de manos frecuentemente. Velar por el cumplimiento de las medidas por parte de los usuarios:  uso de mascarilla obligatorio, ubicación de los pasajeros en áreas señalizadas para mantener el distanciamiento físico, sin excederse de la capacidad permitida según tipo de vehículo.
Usuarios: Cumplir con las medidas sanitarias establecidas: usar mascarilla correctamente, de ser posible para mayor protección utilizar lentes o pantalla de protección facial, respetar las señalizaciones de distanciamiento físico, NO subirse a la unidad cuando esta exceda la cantidad limite permitida, realizar higiene de manos frecuentemente, no hablar dentro del transporte, ni por celular ni conversar con otros pasajeros o el conductor del vehículo,  no consumir alimentos ni bebidas dentro del transporte público.

Debido al alto riesgo de transmisión dentro del transporte público por la cantidad de usuarios, adicional al tiempo de espera y largos recorridos, solicitamos la colaboración de todos los colaboradores y usuarios del transporte público colectivo y selectivo en el cumplimiento de las Medidas Sanitarias para la prevención de COVID-19 con el fin de salvaguardar la seguridad y salud de todos.

Para Reportes de incidentes, incumplimiento de las Medidas establecidas se pueden comunicar a la línea 311.

Se debe cumplir con la GUIA DE MEDIDAS SANITARIAS PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN MEDIOS DE TRANSPORTE COLECTIVO Y SELECTIVO, TERMINALES Y ZONAS PAGAS.   Ministerio de Salud de Panamá.

 

 

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