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En 96 horas, 2,400 usuarios instalan app inspector ciudadano

En las últimas 96 horas 2,400 usuarios han descargado e instalado en sus teléfonos celulares la nueva aplicación móvil Inspector Ciudadano, informó este lunes la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).

A cuatro días de haber sido presentada la nueva app, con la que se puede reportar, a través de alertas o denuncias, situaciones irregulares que se presenten en las vías y espacios públicos del país, se han recibido 407 denuncias y alertas geo-localizadas de prueba en el centro de monitoreo.

La nueva aplicación se encuentra en un periodo de prueba por cuarenta (40) días, y concluido este se comenzarán a procesar las alertas y denunciar las posibles infracciones de tránsito a partir del 1 de agosto del presente año.

Instructivo para descargar Inspector Ciudadano: https://www.youtube.com/user/ATTTPanama

Publican en Gaceta Oficial procedimiento

La Resolución AL 220 de 15 de junio de 2016, que fija el procedimiento para la presentación, tramitación y decisión de las infracciones que sean registradas mediante mecanismos electrónicos como cámaras, vídeos, dispositivos electrónicos, aplicaciones de software para dispositivos móviles denominadas apps y similares, fue promulgada este lunes 20 de junio, en Gaceta Oficial N° 28056-A.

La resolución firmada por el Director General de ATTT, Julio González, aprueba el procedimiento en caso de presentación de denuncias a través de algún medio o vía electrónica denominado TICS (Tecnologías de la Información y la Comunicación), de los hechos que puedan constituir una infracción de tránsito y deberá recopilar la siguiente información:

1- Registrarse en la base de datos del sistema electrónico de la ATTT, con nombre, domicilio, documento de identificación personal y datos generales (número de teléfono y correo electrónico donde contactarlo).

2- Breve reseña del hecho denunciado.

3- Las pruebas en que sustenta sus afirmaciones. Subir por medio del sistema electrónico las vistas fotográficas o videos del hecho denunciado, las cuales deberán mostrar de forma clara el lugar, la parte anterior y posterior del automóvil, el número de la placa del vehículo del posible infractor en caso de infracciones como mal estacionado y ocupar espacio reservado para personas con discapacidad.

4- Cualquier otra información que usuario considere pertinente.

La Resolución AL 220 de 15 de junio de 2016 señala que las infracciones serán impuestas por vía electrónica ajustándose a los procedimientos previstos en el Decreto Ejecutivo No. 27 de diciembre de 2006 que dicta el Reglamento de Tránsito Vehicular. La ATTT mantendrá la reserva, de la información presentada, tramitada y decidida por vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad.

Una vez recibida la información inspectores de tránsito de la ATTT, asignados al Departamento de Infracciones Menores de la Dirección de Servicios y Control Vehicular, decidirán la conducta denunciada y, posteriormente, las decisiones que concluyan con la imposición de una infracción al Reglamento de Tránsito, se aplicarán a la placa de circulación vehicular del automóvil que fuese registrada a través de cámaras, fotografías o vídeos, lo cual será notificado mediante tableros de la ATTT, vía telefónica, correos electrónicos, la página web de la entidad o de forma personal.

De igual forma, la citada resolución contiene un capítulo del “Derecho al Recurso”, y señala que toda persona natural y jurídica dueño del vehículo, cuya placa de circulación haya sido infraccionada vía electrónica, podrá interponer un recurso formal de reconsideración dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su notificación, en la sede central, provincial o regional de la ATTT, tras lo cual los jueces de tránsito tendrán un plazo de treinta (30) días para decidir.

Cabe destacar, que la Resolución AL 220 de 15 de junio de 2016 comenzará a regir en un plazo de 40 días a partir de su promulgación en Gaceta Oficial, por lo cual sería el próximo 1 de agosto.